El Departamento de Trabajo de Los Estados Unidos presentó el día de hoy en Washington su informe anual sobre las peores formas de trabajo infantil.
En este informe podrán encontrar los links al texto completo del informe con relación a Colombia, así como también la versión resumida en español que incluye recomendaciones directamente relacionadas con trabajo infantil y trata de personas.
En 2014, Colombia realizó un progreso considerable en los esfuerzos por eliminar las peores formas de trabajo infantil. El gobierno aprobó la Ley 1719, que garantiza que las víctimas de la explotación sexual comercial y de los conflictos armados tengan acceso a servicios jurídicos; puso en práctica pactos contra el trabajo infantil para asistir en la formulación de leyes y políticas de trabajo infantil y mejorar la coordinación entre el Ministerio de Trabajo y otros organismos públicos; y lanzó la campaña relativa a la Red contra el Trabajo Infantil para unir a 14 empresas en los esfuerzos por eliminar el trabajo infantil en sus cadenas de suministro. El gobierno también continuó participando en un proyecto para combatir el trabajo infantil y mejorar la seguridad y la salud laboral en la minería. Sin embargo, en Colombia los niños participan en el trabajo infantil, incluso en la agricultura y el trabajo en la calle y en las peores formas de trabajo infantil, mientras siguen siendo reclutados por la fuerza por grupos armados no estatales ilegales. La coordinación interinstitucional limitada y los recursos insuficientes obstaculizan los esfuerzos del gobierno por combatir el trabajo infantil. Según lo informado, se identifican las medidas sugeridas que promoverían la eliminación del trabajo infantil, incluso de sus peores formas, en Colombia.
Marco jurídico
· Proporcionar información actualizada, referente a las enmiendas de las leyes sobre el trabajo infantil, al público en general y a los grupos pertinentes, incluso a los funcionarios del orden, los empleadores y las organizaciones de la sociedad civil.
· Asegurar que las víctimas de la trata de personas tengan tiempo suficiente para presentar quejas oficiales contra sus tratantes, o no estén obligadas a hacerlo, para recibir servicios además de la atención de emergencia.
Aplicación
· Fortalecer la vigilancia y el cumplimiento de las leyes relacionadas con el trabajo infantil, incluso mediante lo siguiente:
· Aumentar el número de inspectores de trabajo encargados de hacer cumplir las leyes relacionadas con el trabajo infantil para proporcionar una cobertura adecuada de la fuerza laboral.
· Difundir información al público sobre los esfuerzos de aplicación de las leyes en torno al trabajo infantil; por ejemplo, el número y el monto de las multas impuestas por el Ministerio de Trabajo y recaudadas por el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) por infracciones relativas al trabajo infantil; y el número de investigaciones, enjuiciamientos y condenas en relación con la explotación sexual comercial y la trata de menores.
· Utilizar información del sistema de vigilancia del trabajo infantil para enfocarse en las inspecciones de trabajo y tomar medidas coercitivas para dar seguimiento a casos de trabajo infantil notificados por el ICBF.
· Mejorar la coordinación entre el ICBF y el Ministerio de Trabajo para hacer cumplir las leyes sobre trabajo infantil en el sector minero.
· Asegurar que los inspectores de trabajo tengan suficientes recursos para llevar a cabo las inspecciones y que los inspectores reciban capacitación sobre cuestiones de trabajo infantil.
· Proporcionar datos desglosados sobre el número de inspecciones no anunciadas y basada en quejas.
· Brindar recursos adecuados a los funcionarios encargados de la aplicación de las leyes penales para que realicen investigaciones y logren condenas en los casos de explotación sexual comercial y trata de menores.
Coordinación
· Asegurar que exista un intercambio de información entre los organismos coordinadores a nivel nacional y regional.
Políticas gubernamentales
· Instar a los municipios y departamentos --incluso mediante incentivos de asistencia financiera y técnica-- a implantar la Estrategia Nacional para Prevenir y Erradicar las Peores Formas de Trabajo Infantil, prestando particular atención a los sectores prioritarios identificados.
Programas sociales
· Establecer programas para abordar el trabajo infantil y las peores formas de trabajo infantil en los sectores prioritarios identificados para erradicar el trabajo infantil y evaluar el impacto que los programas existentes puedan tener sobre el trabajo infantil.
· Ampliar los esfuerzos de toma de conciencia para fomentar la presentación de quejas contra la explotación sexual comercial de niños.
· Asegurar que todos los niños identificados por el Ministerio de Trabajo mediante inspecciones y su sistema de monitoreo del trabajo infantil y las víctimas de la explotación sexual comercial reciban servicios sociales adecuados.
· Ampliar los esfuerzos para que todos los niños tengan un mejor acceso a la educación, en particular los niños indígenas y afrocaribeños y los niños en las zonas rurales y en las regiones del Caribe y del Pacífico.
· Asegurar que los niños estén protegidos contra el conflicto armado interno mientras asisten a la escuela. Recopilar más información desglosada de encuestas sobre las actividades en las que trabajan los niños y los adolescentes -- incluso información sobre salud, seguridad ocupacional y otros riesgos-- como también sobre las zonas geográficas y los sectores donde trabajan los niños, en particular en los sectores prioritarios.
· Realizar estudios sobre las peores formas de trabajo infantil acerca de las cuales no hay información actualmente, incluidas las actividades como el trabajo de adolescentes, el trabajo en la calle, el reclutamiento de niños por grupos armados no estatales ilegales, y la participación de los niños en otras actividades ilícitas.
Fuente: Departamento de Trabajo EEUU
Link http://www.dol.gov/ilab/reports/child-labor/colombia.htm
Claudia Quintero
Defensora DDHH
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